Derecho foral
Origen Los actuales Derechos forales de antiguos reinos españoles eran, en su origen, el ordenamiento civil propio de cada uno. Así, en la Edad Media, no presentan diferencia con el Derecho castellano, y siguen una evolución bastante parecida. Todos ellos sufren el embate del Derecho común romano-canónico, que se resuelve, finalmente, en dos tipos de solución armónica: o aceptación, expresa en la ley o derivada de la costumbre, de los cuerpos romanos (y los canónicos en muchos casos), como Derecho supletorio del propio de cada país, o la transfusión en los cuerpos legales del país de lo más usual e importante de los textos romano-canónicos.
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