Tutela
Concepto y función de la tutela La capacidad, la absoluta independencia para regirse, se alcanza con la edad y con el pleno desarrollo de las facultades físicas e intelectuales. Por consiguiente, los menores e incapaces que no pueden valerse por sí mismos necesitan que se les represente y complete su falta de capacidad. Cuando se trata de la menor edad, esta función la cumple la patria potestad. Pero puede suceder que ésta falte o que se trate de mayores incapacitados; en ambos supuestos es preciso que el legislador establezca un sustitutivo de la patria potestad, es decir, una institución inspirada en aquélla, que supla y realice sus funciones. Ésta es la tutela.
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